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 ¡Usos indebidos de los trasteros comunitarios!

¡Usos indebidos de los trasteros comunitarios!

En mi comunidad de propietarios vive un vecino que utiliza el trastero como
taller, en el que repara maquinaria y otros aparatos, ocasionando ruidos y
molestias continuas. ¿Qué podemos hacer?¿Se lo podemos prohibir? ¿Qué
usos tiene un trastero?

Según la definición de trasteros: son espacios cerrados, generalmente
integrados dentro de una comunidad, cuyos propietarios guardan enseres o
propiedades que no suelen usar de manera habitual. Por tanto, si nos
acogemos a su definición y a los usos a los que se encuentran destinados
podemos observar que no podría hacerse un uso distinto al referenciado, salvo
que los estatutos o normas de régimen interno de la comunidad indicaran lo
contrario.

 

LIMITACIONES COMUNITARIAS: ESTATUTOS O NORMAS DE RÉGIMEN INTERNO

A nivel comunitario, es decir internamente dentro de la comunidad,
pueden existir dentro de los propios estatutos comunitarios o en sus
normas de régimen interno límites el uso de los mismos. Por ejemplo:
prohibir su uso como almacén de alimentos para evitar la existencia de
roedores y otros insectos o su prohibición para guardar enseres
peligrosos por ser tóxicos e inflamables. Ahora bien, para el
establecimiento o modificación de dicha normativa se requerirá una serie
de mayorías:

  • En caso de que se encuentren definidas dentro de los Estatutos
    comunitarios se necesitará la unanimidad de todos los propietarios.
  • En caso de que se encuentren establecidos dentro de las normas de
    régimen internos será necesario la mayoría de los propietarios que
    representen la mayoría de las cuotas.

 

NORMATIVAMENTE

En caso de que los estatutos y las normas de régimen interno no hagan
referencia a tales cuestiones, debemos conocer que existen determinadas
actividades y usos que están expresamente prohibidas por la ley siendo las
siguientes:

  • Ocasionan molestias y/o perjuicio al resto de comuneros: Si dichas
    actividades (nocivas, molestas, peligrosas) están provocando un
    perjuicio, riesgo, y/o molestias a otros vecinos se podrá exigir el cese de
    las mismas. Por ejemplo: ruidos continuos.
  • Económicas: hablamos de generar un gasto económico extra
    comunitario. Por ejemplo, tener instalado un aparato frigorífico que se
    encuentra enganchado a la red comunitaria, no existiendo un contador
    privado propio. ¡OJO! Si el trastero no contara con ventilación suficiente
    podría existir el riego de incendio poniendo en riesgo la integridad de la
    finca y del resto de vecinos. Igualmente sería aplicable en el caso de
    que el vecino en cuestión se dedicara a la reparación de maquinaria.
  • Administrativas: en algunos casos han modificado el trastero para
    utilizarlo como parking, sin tener en cuenta las licencias urbanísticas.
    Por ejemplo: recientemente el Tribunal Supremo ha prohibido utilizar un
    trastero como garaje en mayor medida al incumplirse el número de
    plazas de aparcamiento concedidas por la licencia municipal y tras la
    modificación de un elemento común sin contar con la autorización
    unánime de la comunidad.

 

Por tanto, los trasteros sólo podrán usarse para almacenar enseres que no
sean potencialmente peligrosos (tóxicos, inflamables…). En ellos tampoco
podrán realizarse actividades nocivas, molestas, peligrosas o que causen un
perjuicio a la comunidad.

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